Derecho de familia
Gastos de desplazamiento de los hijos tras el divorcio: ¿quién debe pagarlos?
Cuando los progenitores separados viven en localidades diferentes, es habitual que surjan dudas sobre quién debe pagar los desplazamientos de los hijos para cumplir el régimen de visitas. Como regla general, estos gastos deben repartirse de forma equitativa entre ambos progenitores, aunque pueden existir excepciones.
¿Quién paga los desplazamientos de los hijos después del divorcio?
La regla general es que los dos progenitores deben colaborar en los desplazamientos necesarios para cumplir el régimen de visitas.
Esto significa que no tiene por qué ser siempre el progenitor no custodio quien recoja a los hijos, los devuelva y pague todos los viajes.
Los desplazamientos forman parte de las cargas necesarias para que los menores puedan mantener una relación estable con ambos progenitores. Por este motivo, deben distribuirse de una manera razonable, proporcionada y adaptada a las circunstancias de cada familia.
Regla general: salvo que exista una razón que justifique otra solución, ambos progenitores deben participar en los traslados y en los gastos derivados del régimen de visitas.
¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre los gastos de desplazamiento?
La Sentencia del Tribunal Supremo 914/2024, de 26 de junio, analiza un conflicto relacionado con los desplazamientos de unos menores cuyos progenitores vivían en localidades distintas.
En el procedimiento, la Audiencia Provincial había establecido que el padre debía asumir los viajes necesarios para recoger y devolver a los hijos. La decisión se apoyaba, entre otras circunstancias, en que el progenitor pasaba cerca de la localidad en la que residían los menores durante sus desplazamientos laborales.
El Tribunal Supremo revocó esa decisión y concluyó que no existía una razón suficiente para imponer al padre toda la carga personal y económica de los traslados.
La sentencia recuerda que el sistema debe respetar dos principios fundamentales:
- El interés superior del menor, que exige facilitar la relación con ambos progenitores.
- El reparto equitativo de las cargas, para evitar que uno de los padres soporte injustificadamente todos los desplazamientos y sus costes.
Por tanto, no existe una regla automática que obligue siempre al progenitor no custodio a realizar y pagar todos los viajes.
¿Cómo pueden repartirse los desplazamientos y sus gastos?
Existen diferentes formas de organizar las recogidas y entregas de los menores. La solución dependerá de la distancia, los horarios, los medios de transporte disponibles y la capacidad económica de cada progenitor.
1. Un progenitor recoge y el otro devuelve
Es una de las soluciones más habituales. El progenitor que inicia su periodo de estancia recoge a los hijos y, cuando finaliza, el otro progenitor se desplaza para recogerlos.
De este modo, ambos realizan parte del trayecto y se distribuyen tanto el esfuerzo personal como el coste económico.
2. Reparto de los gastos al 50 %
Cuando los menores viajan en tren, autobús, avión o mediante otro transporte contratado, puede acordarse que cada progenitor pague la mitad de los billetes.
Este reparto es frecuente cuando ambos tienen una capacidad económica semejante, pero no es obligatorio en todos los casos.
3. Reparto proporcional a los ingresos
Si existe una diferencia económica importante entre los padres, los gastos pueden distribuirse según la capacidad económica de cada uno.
Por ejemplo, puede establecerse que uno asuma un porcentaje superior si dispone de ingresos considerablemente más elevados.
4. Punto intermedio de entrega
Cuando los progenitores viven lejos, también puede fijarse un lugar intermedio para realizar la entrega y recogida de los menores.
Esta alternativa puede reducir el tiempo de viaje y evitar que una sola persona tenga que asumir todo el desplazamiento.
¿Cuándo puede obligarse a un progenitor a pagar más?
El reparto equitativo no significa necesariamente que todos los gastos deban dividirse siempre exactamente al 50 %.
El convenio regulador o el juez pueden establecer una distribución diferente cuando existan circunstancias que lo justifiquen.
Entre otras, pueden valorarse las siguientes:
- Una diferencia importante entre los ingresos de los progenitores.
- La distancia existente entre ambos domicilios.
- El coste de los billetes o del combustible.
- La edad y las necesidades de los hijos.
- Los horarios escolares y las actividades de los menores.
- La disponibilidad laboral de cada progenitor.
- La existencia de problemas de salud o movilidad.
- La disponibilidad de vehículo propio o transporte público.
- La persona que tomó la decisión de trasladar su residencia.
- La causa por la que los progenitores viven en lugares alejados.
En consecuencia, para determinar quién paga los desplazamientos de los hijos tras el divorcio, es necesario estudiar las circunstancias concretas de cada familia.
¿Qué ocurre si uno de los progenitores cambia de domicilio?
El traslado de uno de los progenitores a otra ciudad puede aumentar considerablemente la distancia, el tiempo de viaje y el coste necesario para cumplir el régimen de visitas.
Cuando el cambio de residencia ha sido decidido unilateralmente por uno de los padres, esta circunstancia puede tenerse en cuenta para distribuir los gastos y las obligaciones de desplazamiento.
No obstante, la persona que se muda no tiene que asumir automáticamente todos los costes. Deben analizarse los motivos del traslado, la situación económica de ambos progenitores y, especialmente, las consecuencias para los hijos.
Si el cambio de domicilio dificulta de manera importante el régimen de visitas vigente, puede ser necesario solicitar una modificación de medidas.
El interés superior de los hijos debe ser la prioridad
Cualquier decisión sobre los desplazamientos debe adoptarse pensando, ante todo, en el bienestar de los menores.
Una organización excesivamente costosa o complicada puede dificultar el cumplimiento de las visitas y afectar a la relación de los hijos con alguno de sus progenitores.
Por eso, la solución debe facilitar que el régimen de visitas se cumpla con normalidad, evitando viajes innecesarios, enfrentamientos constantes o cargas económicas desproporcionadas.
Los desplazamientos no deben convertirse en un obstáculo para que los hijos mantengan una relación estable y continuada con ambos progenitores.
¿Qué ocurre si el convenio regulador establece otro reparto?
Si el convenio regulador o la sentencia ya indican quién debe recoger a los menores, quién debe devolverlos y cómo se pagan los desplazamientos, esa regulación debe cumplirse.
No es aconsejable modificar unilateralmente el sistema, aunque uno de los progenitores considere que resulta injusto.
Cuando las circunstancias han cambiado de manera relevante, puede solicitarse una modificación de medidas. Esto puede suceder, por ejemplo, cuando:
- Uno de los progenitores se ha trasladado a otra localidad.
- La distancia entre los domicilios ha aumentado.
- Se han reducido o incrementado de forma importante los ingresos.
- Han cambiado los horarios laborales.
- El sistema previsto inicialmente ya no resulta práctico.
- Uno de los progenitores está soportando todos los gastos sin una justificación suficiente.
Para modificar judicialmente las medidas normalmente será necesario acreditar que el cambio es relevante, estable y posterior a la resolución anterior.
¿Qué puedo hacer si el otro progenitor no cumple con los desplazamientos?
Si uno de los progenitores incumple de forma reiterada el sistema de recogidas y entregas establecido, conviene guardar pruebas de lo sucedido.
Pueden resultar útiles:
- Mensajes de WhatsApp o correos electrónicos.
- Billetes de tren, autobús o avión.
- Facturas de transporte.
- Justificantes de pago.
- Comunicaciones en las que se niegue a realizar el traslado.
- Un calendario con las fechas y los incumplimientos producidos.
Dependiendo del contenido de la sentencia y de la gravedad del incumplimiento, puede valorarse una reclamación judicial, una ejecución de sentencia o una modificación de medidas.
Ejemplos de reparto de los gastos de desplazamiento
Progenitores que viven en ciudades cercanas
El padre recoge a los hijos el viernes en el domicilio materno y la madre los recoge el domingo en el domicilio paterno. De este modo, ambos realizan un trayecto.
Progenitores que viven en provincias diferentes
Los menores se desplazan en tren y cada progenitor paga el 50 % de los billetes. También puede acordarse que uno pague el viaje de ida y el otro el de vuelta.
Gran diferencia de ingresos
Si uno de los progenitores tiene unos ingresos muy superiores, puede establecerse un reparto proporcional, como un 70 % y un 30 %, siempre que resulte razonable.
Cambio de residencia voluntario
Si uno de los padres se traslada voluntariamente a una localidad muy alejada, puede acordarse que asuma una parte mayor de los desplazamientos generados por esa decisión, después de valorar todas las circunstancias.
Estos ejemplos son orientativos. La solución adecuada debe adaptarse a cada caso y a lo establecido en el convenio regulador o en la sentencia.
Preguntas frecuentes sobre los gastos de desplazamiento de los hijos
¿El progenitor no custodio debe pagar siempre todos los viajes?
No. No existe una regla general que obligue siempre al progenitor no custodio a realizar y pagar todos los desplazamientos. La distribución debe ser equitativa y adaptarse a las circunstancias familiares.
¿Los gastos de desplazamiento se consideran pensión de alimentos?
No necesariamente. Los gastos derivados del régimen de visitas suelen tratarse como una carga vinculada a su cumplimiento. Su distribución debe establecerse en el convenio regulador o en la resolución judicial.
¿Los gastos deben repartirse siempre al 50 %?
No. El reparto al 50 % es una posibilidad, pero puede establecerse otro porcentaje atendiendo a los ingresos, la distancia, el motivo del traslado y las circunstancias de los hijos.
¿Quién debe recoger y devolver a los hijos?
Una fórmula habitual consiste en que el progenitor que inicia el periodo de estancia recoja a los menores y que el otro los recoja cuando finalice. Sin embargo, debe comprobarse siempre lo que establece el convenio o la sentencia.
¿Puedo dejar de realizar los viajes si considero que el reparto es injusto?
No es recomendable incumplir unilateralmente una sentencia o un convenio aprobado judicialmente. Si el sistema ha dejado de ser razonable, debe estudiarse una modificación de medidas.
¿Se pueden reclamar los billetes o desplazamientos que he pagado?
Dependerá de lo establecido en la sentencia, del acuerdo existente entre los progenitores y de los justificantes disponibles. Es necesario revisar el caso concreto antes de iniciar una reclamación.
¿Qué pasa si uno de los progenitores vive en otro país?
En los desplazamientos internacionales deben valorarse el precio de los vuelos, la edad de los menores, la necesidad de acompañamiento, los periodos vacacionales y la capacidad económica de ambos progenitores. El reparto puede adaptarse a estas circunstancias.
¿Pagas tú solo los desplazamientos de tus hijos?
En Barna Legal Abogados podemos revisar tu convenio regulador o sentencia para comprobar si el reparto de los desplazamientos se ajusta a tus circunstancias actuales.
Si uno de los progenitores ha cambiado de domicilio, no cumple con las recogidas o está trasladando todos los costes al otro, estudiaremos si procede negociar un nuevo acuerdo, reclamar su cumplimiento o solicitar una modificación de medidas.
Nuestro equipo de abogados de familia atiende asuntos de divorcio, custodia, régimen de visitas y modificación de medidas en Barcelona y otras localidades de Cataluña.
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